El castigo en las relaciones de trabajo. Un replanteamiento dogmático de las sanciones laborales
Title (trans.)
La punizione nel rapporto di lavoro. Una ristrutturazione dogmatica delle sanzioni disciplinariAuthor
Sánchez Pérez, PedroAdvisor
Nogueira Guastavino, MagdalenaEntity
UAM. Departamento de Derecho Privado, Social y EconómicoDate
2019-07-09Subjects
Sanciones (Derecho laboral) - Tesis Doctorales; Trabajadores - Responsabilidad civil - Tesis doctorales; DerechoNote
Tesis doctoral inédita leída en la Universidad Autónoma de Madrid, Facultad de Derecho, Departamento de Derecho Privado, Social y Económico. Fecha de Lectura: 09-07-2019Esta tesis tiene embargado el acceso al texto completo hasta el 09-01-2022
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional.
Abstract
El presente trabajo se ocupa del poder disciplinario, la manifestación más intensa del poder
empresarial que puede ejercer el sujeto dominante de la relación de trabajo. Y es que es importante
conocer de qué hablamos cuando hablamos de una sanción empresarial. Tradicionalmente se ha
entendido que se trata de una potestad privada emanada directamente del contrato de trabajo, pero
esta concepción no casa bien con el contenido material de tal figura jurídica, que consiste en la
imposición de medidas aflictivas al trabajador desde una posición de superioridad jerárquica, de
autoridad. Por ello, en este trabajo se propone un replanteamiento de la concepción de sanción
laboral, acudiendo a una posición normativista del concepto sanción en virtud de las herramientas
que para ello nos ofrece la filosofía del Derecho. De esta forma, caracterizaremos las sanciones
laborales como mecanismos duales, que tienen una vertiente privada, de potestad, en la que
tradicionalmente se ha centrado la doctrina; y una vertiente sancionadora, aflictiva, que se
proyecta sobre el trabajador una vez que el empleador ha ejercitado su poder. En consecuencia, a
través de esta argumentación ofreceremos un mayor anclaje argumental a las posiciones que
definen esta figura jurídica como auténticas sanciones, y ello sin olvidar su vertiente privada.
Conceptualizadas como tales, resta analizar las consecuencias lógicas de esta calificación,
que no pueden pasar sino por un tratamiento profuso de las garantías que rodean a la imposición
de sanciones, acercándolas a las de carácter público. Ya en la práctica judicial este proceso de
aproximación se viene realizando, si bien de forma fragmentada e incoherente. En este estudio,
habida cuenta del anclaje teórico precedente, se analiza detalladamente cada una de las garantías
sancionadoras públicas, y se hace un proceso de adaptación de cada una de ellas a la relación de
trabajo, de tal forma que se acomode al ámbito privado en que se desenvuelve. Este proceso nos
permite ofrecer un contenido garantista, plenamente protector de los trabajadores, pero sin que
ello suponga el establecimiento de requisitos exhorbitantes al empleador que obstaculicen o
perturben la relación privada de forma relevante (sin olvidar, así, la vertiente tradicional del poder
disciplinario).
Hablaremos, por tanto, de legalidad, presunción de inocencia, proporcionalidad, non bis in
idem… y estableceremos el adecuado punto de equilibrio entre la potestad empresarial y el
carácter sancionador subyacente al poder disciplinario. Este carácter novedoso en el tratamiento
doctrinal de las garantías sancionadoras nos conduce a reparar en algunas cuestiones que no
habían sido objeto de atento estudio en el ámbito jurídico-laboral (como la posibilidad de que los
sujetos negociadores del convenio colectivo incurran en responsabilidad extracontractual por
conformar incorrectamente los preceptos sancionadores), o bien que no habían recibido una
respuesta satisfactoria de conformidad con las garantías sancionadoras (como la necesidad de
replantear la efectividad del Convenio 158 OIT en nuestro ordenamiento jurídico a fin de
salvaguardar la presunción de inocencia del trabajador). Pero, en todo caso, más allá de estas
cuestiones singulares, se ofrece una sistematización clara del contenido de cada una de las
garantías sancionadoras y se propone un replanteamiento del mismo cuando su tratamiento
habitual se aparta frontalmente del contenido esencial de cada una de los derechos fundamentales
en que se consagran tales garantías dentro del ámbito jurídico-público, toda vez que, precisamente
por su carácter de derechos fundamentales, tienen un contenido único y una posición prevalente
en nuestro ordenamiento jurídico.
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