El endeudamiento del sector eléctrico y el Proyecto de Reforma de la Financiera Eléctrica Nacional
Compartir este ítem
Fecha
1988-12Autor
Perry, GuillermoCitación
Coyuntura Económica. Vol. XVIII, No. 4, Diciembre de 1988, pp. 109-118. Fedesarrollo, Bogotá - ColombiaISSN
0120-3576Metadatos
Mostrar el registro completo del ítem
Documentos PDF
Resumen
"La deuda externa del sector eléctrico ascendió a US$3.974 millones a 31 de diciembre de 1987, lo que representa el 25.4% de la deuda externa colombiana y el 32% de la correspondiente al sector público. El problema de este elevado endeudamiento consiste en que el sector no está en capacidad de atender el pago de amortizaciones e intereses con su generación de recursos propios. La situación financiera programada para 1988 arroja resultados aún más precarios: los ingresos propios netos cubrirían apenas el 47.4% del servicio de la deuda (incluyendo la debida al FODEX). Varias son las causas de este problema. Las principales, sin embargo, son las siguientes: 1. El crecimiento muy rápido de la deuda externa del sector expresada en dólares entre 1980 y 1986. La tasa de crecimiento anual había oscilado entre el 9% y el 16% de 1970 a 1979. 2. El crecimiento más rápido del servicio de la deuda que de su saldo. La relación del servicio al saldo, en dólares, pasó del 9.4% en 1970 al 16.7% en 1986 3. El impacto de la devaluación del peso sobre el servicio de la deuda. A los problemas anteriores se sumó el efecto de la rápida devaluación del peso en 1985 y 1986. En síntesis, hubo un crecimiento excesivamente rápido de las inversiones en generación (lo que ha ocasionado el llamado sobredimensionamiento temporal' del sector), financiadas en más de un 50% por crédito externo. Pero, aparte de este hecho, cuya responsabilidad es imputable a las empresas del sector, las demás causas de su incapacidad de cubrir el servicio de la deuda fueron ajenas al sector."
Palabras clave
Coyuntura Económica
Sector Industrial
Deuda Externa
Energía Eléctrica
Financiera Energética Nacional
Endeudamiento
JEL
F34
L16
O13
P28
Q43
Q48