El daño no patrimonial en Italia entre la previsión normativa del código civil y la interpretación creativa del Tribunal Supremo

VIGLIANISI FERRARO, Angelo
2017-01-01

2017
El artículo reconstruye el recorrido que ha llevado hasta la actual configuración del daño no patrimonial en Italia. Las Secciones Unidas de la Corte de Casación han suministrado el 11 de noviembre de 2008 una nueva y singular interpretación del art. 2059 del CC italiano. Según la Corte Suprema, el resarcimiento del perjuicio de quo, requiere la previa comprobación de los ordinarios elementos del ilícito civil, y en los casos en los que la ley no prevea expresamente su reparación, el resarcimiento al perjudicado sólo puede ser acordado en presencia de una lesión grave de los derechos garantizados constitucionalmente cuando el daño causado sea serio. Más recientemente la Tercera Sección Civil, seguida por las Secciones Unidas de la Corte de Casación han decidido aplicar las mismas reglas restrictivas también en los casos en los que exista una previsión legislativa sobre la resarcibilidad de los daños no patrimoniales. Dicha elección no parece que se pueda compartir.
daño no patrimonial; lesión de derechos inviolables; «gravedad de la lesión», «seriedad del daño»; reescritura jurisprudencial del art. 2059 CC italiano.
File in questo prodotto:
File Dimensione Formato  
Articulo dano moral revista de derecho privado.pdf

non disponibili

Tipologia: Versione Editoriale (PDF)
Licenza: Tutti i diritti riservati (All rights reserved)
Dimensione 216.2 kB
Formato Adobe PDF
216.2 kB Adobe PDF   Visualizza/Apri   Richiedi una copia

I documenti in IRIS sono protetti da copyright e tutti i diritti sono riservati, salvo diversa indicazione.

Utilizza questo identificativo per citare o creare un link a questo documento: https://hdl.handle.net/20.500.12318/3487
Citazioni
  • ???jsp.display-item.citation.pmc??? ND
  • Scopus ND
  • ???jsp.display-item.citation.isi??? ND
social impact