Normativa sobre el aborto provocado en Alemania
Keywords: 
Aborto provocado
Alemania
Normativa
Issue Date: 
1993
Publisher: 
Universidad de Navarra
ISSN: 
1132-7294
Citation: 
Priester, J.M. (Jens-Michael). "Normativa sobre el aborto provocado en Alemania". Humana Iura. 1 (3), 1993, 169 - 198
Abstract
El artículo 218 StGB (comparable con el art. 411 del Código Penal Español) vigente hasta 1975 desde el año 1871 sin haber sufrido cambios esenciales -salvando la reglamentación con respecto a las sanciones punitivas- sancionaba sin excepción el aborto, así el texto legal. Por lo menos, según una sentencia del "Reichsgericht" (el Tribunal Supremo antes de la guerra) del 11 de Marzo de 1927, se admitía la justificación de un aborto en el caso de que estuviera en peligro la vida de la madre, lo cual a partir de esta fecha se venía tipificando en la dogmática como "estado de necesidad supralegal". Este tipo de justificación fue legalizado a continuación por el art. 14 de la Ley (nacionalsocialista) "para la prevención de progenitura con taras hereditarias". Después de la guerra esta normativa seguía vigente en la mayor parte de los Estados Federados de Alemania; sólo se abolió esta norma en Baviera y la República Democrática de Alemania (RDA), mientras que se declaró inaplicable en el Estado de Hesse, donde se recurría directamente al concepto de "estado de necesidad supralegal".
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