La tensión individuo-grupo: los grupos parlamentarios y el Tribunal Constitucional (la naturaleza pendiente)
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Sanz Pérez, Ángel LuisFecha
2011Derechos
© Fundación Manuel Giménez Abad
Publicado en
Cuadernos Manuel Giménez Abad, 2011, 1, 57-73
Editorial
Fundación Manuel Giménez Abad
Resumen/Abstract
RESUMEN: El mandato parlamentario es individual. Así lo definió la jurisprudencia
del Tribunal Constitucional español desde 1983. Sin embargo, la propia jurisprudencia
ha introducido al grupo y a los partidos políticos en la vida del Parlamento, y en el
ejercicio del mandato. Son varios los fallos que han desarrollado este planteamiento.
Como dos recientes Autos del Tribunal Constitucional en los que se ha recordado que
los portavoces de los grupos tiene la representación de los miembros de su grupo, en
función de un argumento de flexibilidad procesal. Todo ello tiene consecuencias importantes
en la responsabilidad (patrimonial y de todos tipos) en la actividad de los grupos,
pues los partidos podrían asumir esta responsabilidad por la actividad o inactividad
de los grupos.
ABSTRACT: In Spain, the parliamentary mandate is individual. It was defined by the
Spanish Constitutional Court’s jurisprudence since 1983. However, the group and the
political parties have been introduced in the life of Parliament, and into the exercise of
the mandate. There are several Judgements that have developed this approach. As two
recent Decisions of the Spanish Constitutional Court, in which the spokespersons of
the groups have representatives of the members of his group, based on an argument of
procedural flexibility. This has important implications for responsibility (or liability)
in group activity, because the responsibility could be assumed by the parties for the
activity or inactivity of the groups.
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