La carga de la prueba en materia médico asistencial en la jurisprudencia del Consejo de Estado
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Fecha
2010-12-01Autor
Ramírez Salazar, Magda Milena
Valencia Rojas, Juan Nicolás
Camargo Arteaga, Jaiver
Citación
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Resumen
Desde el año de 1990, la jurisprudencia de la Sección Tercera ha transitado desde la tesis de la carga de la prueba en cabeza de la víctima, a través de las tesis de falla presunta, carga dinámica de la prueba, y excepcionalidad de la inversión de la carga de la prueba. Actualmente se encuentra en vigencia la tesis de la carga plena de la prueba a cargo de la víctima demandante, aceptando su aligeramiento a través de la prueba indiciaria, o a través de técnicas como res ipsa loquitur o la denominada “culpa virtual”. Al momento de modificar su criterio, la Sección Tercera no ha cumplido con la carga argumentativa.
Los cambios en la jurisprudencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado en relación con el problema jurídico planteado han ocurrido incrementalmente.
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